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Documento BORME-C-2014-12316

PRIMERHAC, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
GAVIETA, S.A.U.
COPLATEC INTERNACIONAL, S.L.
CRIBER 2000, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 227, páginas 14046 a 14046 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-12316

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo LME) se hace público que en la Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad Primerhac, Sociedad Anónima (Sociedad Absorbente) celebrada el 15 de octubre de 2014 y en las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las sociedades Gavieta, Sociedad Anónima Unipersonal, Coplatec Internacional, Sociedad Limitada, y Criber 2000, Sociedad Limitada (Sociedades Absorbidas) celebradas todas ellas el 14 de octubre de 2014 se aprobaron por unanimidad la fusión por absorción por parte de Primerhac, Sociedad Anónima, de la totalidad de las sociedades Gavieta, Sociedad Anónima Unipersonal, Coplatec Internacional, Sociedad Limitada, y Criber 2000, Sociedad Limitada, con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y el traspaso en bloque de todo el patrimonio a favor de Primerhac, Sociedad Anónima, como sociedad absorbente que se subroga en todos los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas.

Todo ello en los términos del Proyecto Conjunto de Fusión de fecha 8 de octubre depositado en el Registro Mercantil de Madrid y que se ha realizado de conformidad con la Ley 3/2009 y con las características específicas recogidas en el artículo 49 de fusiones impropias ya que todas las sociedades absorbidas son directa o indirectamente propiedad de la sociedad absorbente (no resulta necesario incluir en el proyecto las menciones 2, 6, 9 y 10 del artículo 31 LME, ni el informe de Administradores ni expertos).

Habiéndose aprobado los acuerdos de fusión en todas las sociedades por unanimidad en las respectivas Juntas Generales Extraordinarias y Universales, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley según lo indicado en el artículo 42 LME.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades involucradas en el proyecto a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como el Balance de Fusión.

Asimismo, se informa a los acreedores de cada una de las empresas que podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, según lo recogido en el artículo 44 LME.

Madrid, 25 de noviembre de 2014.- El Secretario del Consejo de Administración de Primerhac, Sociedad Anónima, Administrador solidario de Gavieta, Sociedad Anónima Unipersonal, y Secretario del Consejo de Administración de Coplatec Internacional, Sociedad Limitada, don Pere Masià Figueras y el Secretario del Consejo de Administración de Criber 2000, Sociedad Limitada, don Ignasi Masià Figueras.

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