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Documento BORME-C-2014-12065

LUSITANIA 2012, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 224, páginas 13784 a 13784 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2014-12065

TEXTO

Se convoca a los Sres. Socios de la compañía a la Junta General Extraordinaria, que tendrá lugar en el domicilio social sito en la calle Los Rosales, número 12, de 24415 Otero–Ponferrada (León), el día 29 de enero de 2015, a las 11:00 horas, en primera convocatoria o, si procede, el siguiente día 30 de enero de 2015, en el mismo lugar y a la misma hora, en segunda convocatoria, con el siguiente

Orden del día

Primero.- Traslado internacional del domicilio social.

Segundo.- Determinación del nuevo domicilio social en el extranjero.

Tercero.- Nueva denominación social.

Cuarto.- Otorgamiento de facultades para la formalización y ejecución de los acuerdos adoptados. Elevación a escritura pública y presentación en el Registro Mercantil.

Conforme al artículo 196 de la LSC (Ley de Sociedades de Capital, R.D. Legislativo 1/2010, de 2 de julio), se hace constar que los Sres. Socios podrán solicitar por escrito, con anterioridad a la reunión de la Junta general o verbalmente durante la misma, los informes o aclaraciones que estimen oportunos acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día. Asimismo, conforme al artículo 98 de la LME (Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles), se hace constar que: A) El domicilio social actual de la mercantil radica en la calle Los Rosales, número 12 de 24415 Otero-Ponferrada, León, (España); B) El domicilio social que en el extranjero pretende tener la sociedad es avenida da Boavista, número 3176, Ramalde, Porto 4100-120, (Portugal); C) Los socios y acreedores tienen el derecho de examinar en el domicilio social actual el Proyecto de Traslado y el Informe de los Administradores Mancomunados, así como el de obtener gratuitamente, si así lo solicitaren, copia de dichos documentos; D) El socio que vote en contra del acuerdo de traslado del domicilio social al extranjero tendrá derecho a separarse de la sociedad conforme al artículo 99 de la LME y el Título IX de la LSC; E) Los acreedores de la sociedad cuyo crédito hubiera nacido antes de la fecha de publicación del proyecto de traslado del domicilio social al extranjero, tendrán el derecho de oponerse al traslado hasta que se les garanticen tales créditos, en los términos establecidos para la oposición a la fusión en el artículo 44 de la LME. Podrán ejercitar este derecho durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se apruebe el traslado internacional del domicilio social.

Otero–Ponferrada, (León), 18 de noviembre de 2014.- Los Administradores Mancomunados, María José Pinto de Mesquita de Vasconcelos e Sousa de Lacerda y Nuno Filipe Solla Soares de Lacerda.

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