Está Vd. en

Documento BORME-C-2014-12017

EDITORIAL COMPOSTELA, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
EDICIÓNS CORREO, S.A. UNIPERSONAL
TELECABLE COMPOSTELA, S.A. UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 223, páginas 13734 a 13734 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-12017

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta general ordinaria de accionistas de Editorial Compostela, S.A., con asistencia, en primera convocatoria, presentes o representados de los accionistas titulares del 86,3482% del capital social, aprobó por unanimidad de los presentes la fusión mediante la absorción por Editorial Compostela, S.A. (Sociedad absorbente) de las Sociedades Edicións Correo S.A. Unipersonal y Telecable Compostela, S.A. Unipersonal (Sociedades absorbidas), las cuales quedarán disueltas y extinguidas sin liquidación, incorporando en bloque todo su activo y pasivo a la Sociedad absorbente. En esa misma fecha el socio único de Edicións Correo, S.A. Unipersonal y Telecable Compostela, S.A. Unipersonal adoptó idénticos acuerdos de fusión. Se hace constar que dado que las Sociedades absorbidas se encuentran íntegramente participadas por la Sociedad absorbente no procede en ésta el realizar aumento de capital alguno no siendo necesario por ello establecer tipo de canje ni compensación en metálico, todo ello de conformidad con el proyecto de fusión suscrito por los Consejos de Administración de las Sociedades de fecha 25 de abril de 2014.

Se hace constar que la Junta general de accionistas y el socio único de las citadas Sociedades aprobaron los respectivos balances del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2013, como balances de fusión.

En virtud de lo estipulado en el artículo 43 de la citada Ley 3/2009, de 3 de abril, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión de las Sociedades intervinientes y, en particular, el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la citada Ley 3/2009.

Santiago de Compostela, 17 de noviembre de 2014.- D. José Manuel Rey Nóvoa, Consejero delegado de Editorial Compostela, S.A., Edicións Correo, S.A. Unipersonal y Telecable Compostela, S.A. Unipersonal.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid