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Anuncio de reducción y simultáneo aumento de capital social.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que el accionista único de la sociedad tomó la decisión el día 13 de septiembre de 2013, de reducir el capital social a cero euros, es decir una reducción de 282.475,69 €, mediante la amortización de la totalidad de las acciones representativas del capital social; esta reducción no generó devolución alguna al accionista único. La finalidad de la reducción es la de restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto disminuido por consecuencia de pérdidas, y se ha llevado a cabo sobre la base del balance de situación de la sociedad cerrado, formulado por los administradores y verificado por auditor de cuentas, a 30 de junio de 2013 y que ha sido aprobado en la misma fecha de 13 de septiembre de 2013, con anterioridad a la decisión de reducir el capital social.
De conformidad con lo establecido en el artículo 335 a) de la LSC, atendida la finalidad de la reducción del capital social, los acreedores no podrán oponerse a la misma.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 343 de la LSC, la eficacia de la reducción de capital quedó condicionada a la ejecución del aumento de capital simultáneo a la reducción.
De este modo, simultáneamente a dicha reducción de capital, el accionista único tomó la decisión de aumentar el capital social en las condiciones establecidas en el acuerdo social, y acordando igualmente la modificación del artículo 5 de los estatutos sociales para adaptarlo a nueva cifra de capital social.
Llanera, 21 de febrero de 2014.- El Secretario del Consejo de administración de Mecánica de Castrillón, S.A., Víctor Espinosa Martínez.
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