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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el Socio Único de (Sociedad Absorbida) y el Accionista Único de (Sociedad Absorbente), han decidido en fecha 28 de junio de 2014, la fusión de las citadas sociedades mediante la absorción de la Sociedad Absorbida por la Sociedad Absorbente con transmisión a título universal de su patrimonio íntegro a la Sociedad Absorbente, y disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida.
Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las mencionadas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como de los balances de fusión, dirigiéndose al domicilio social de cualquiera de las Sociedades participantes en la fusión. Del mismo modo se reconoce el derecho de los acreedores que se encuentren en alguno de los supuestos legales, de oponerse a la fusión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de los acuerdos de fusión.
Vitoria, 28 de junio de 2014.- Raymond Lawrence Carney Jr., en su calidad de Presidente del Consejo de la Sociedad Absorbente y Juan de Dios Arcocha Gómez, como representante persona física de GUASCOR PROMOTORA SOLAR, S.A.U., Administrador Único de la Sociedad Absorbida.
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