Está Vd. en

Documento BORME-C-2014-11246

CAÑADA, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
GRES DE ARAGÓN, S.L.U.
ARAKLINKER, S.A.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 210, páginas 12879 a 12879 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-11246

TEXTO

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que con fecha uno de octubre de dos mil catorce, la Junta general universal extraordinaria de CAÑADA, S.A. y el accionista único de ARAKLINKER, S.A.U., así como el socio único de GRES DE ARAGÓN, S.L.U., después de aprobar cada uno de los respectivos Balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2013, y después de aprobar el proyecto común de fusión redactado y suscrito por los miembros de sus respectivos Consejos de Administración y Administrador único, han aprobado la fusión por absorción de GRES DE ARAGÓN, S.L.U. y ARAKLINKER, S.A.U. (Sociedades absorbidas) por CAÑADA, S.A. (Sociedad absorbente), por extinción de las dos primeras y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la tercera, que adquirirá, por sucesión universal, la totalidad de los derechos y obligaciones de GRES DE ARAGÓN, S.L.U. y ARAKLINKER, S.A.U.

A los efectos del artículo 42,1.º de la citada Ley se hace constar que el acuerdo de fusión se ha aprobado con el voto unánime de los accionistas y socios de cada una de las Sociedades participantes en la fusión.

Por constituir esta operación una fusión por absorción de dos Sociedades íntegramente participadas por la Sociedad absorbente, es de aplicación a la misma el régimen simplificado dispuesto en el artículo 49 de dicha Ley.

En cumplimiento del artículo 43,1.º de la ley 3/2009, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas, socio único y acreedores de las Sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como de los Balances de fusión. Los acreedores pueden ejercitar su derecho a oponerse a la fusión en los términos del art. 44 de la citada Ley durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de fusión.

Alcañiz (Teruel), 22 de octubre de 2014.- El Secretario del Consejo de Administración.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid