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En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "Ley"), se hace público que el 2 de octubre de 2014 la Junta general de la sociedad beneficiaria y el Accionista único de la Sociedad escindida acordaron la escisión parcial de la sociedad escindida en favor de la Sociedad beneficiaria.
Asiste a los accionistas, a los acreedores y a los representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la escisión el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de escisión y a los acreedores de cada una de dichas Sociedades el derecho a oponerse a la escisión, todo ello en los términos los artículos 43.1 y 44 de la Ley.
San Sebastián, 8 de octubre de 2014.- El Secretario del Consejo de Administración de Celulosas Moldeadas, Sociedad Anónima, Ramón Noman Serrano. El Administrador único de Stubborn, Sociedad Anónima, José María Smith Solaun, persona física designada por el Administrador único, Egoskorra, Sociedad Limitada.
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