Contido non dispoñible en galego
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas generales de socios de las mercantiles Comunidad Loreto, Sociedad Limitada, Comunidad Andrés Uno, Sociedad Limitada, y Comunidad Andrés Dos, Sociedad Limitada, celebradas el día 14 de octubre de 2014, aprobaron la fusión entre dichas sociedades, mediante la absorción de las sociedades Comunidad Andrés Uno, Sociedad Limitada y Comunidad Andrés Dos, Sociedad Limitada por la mercantil Comunidad Loreto, Sociedad Limitada, con disolución y sin liquidación de las sociedades absorbidas, transmitiendo en bloque, a título de sucesión universal, todo sus respectivos patrimonios a la sociedad absorbente, de acuerdo con el proyecto de fusión, y subrogándose en todos los derechos y obligaciones de las absorbidas.
Se hace constar que se han cumplido todos los requisitos establecidos en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, en lo relativo a las normas generales sobre el proyecto y balance de fusión y demás circunstancias establecidas en dicho artículo.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que participan en la fusión de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.
Asimismo se hace constar que los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse dentro del plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de la fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la citada Ley.
En Castellón, 20 de octubre de 2014.- Doña María Desamparados Andrés Martí, Secretaria del Consejo de Administración de Comunidad Loreto, S.L., de Comunidad Andrés Uno, S.L., y de Comunidad Andrés Dos, S.L.
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid