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Documento BORME-C-2014-10978

ESCORXADOR D'INCA, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 204, páginas 12572 a 12572 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2014-10978

TEXTO

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 319 del RDL 1/2010 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (LSC) y del artículo 14 de la Ley 3/2009 de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que la Junta general de accionistas, celebrada con carácter extraordinario y universal, de Escorxador d'Inca, S.A. con fecha 28 de diciembre de 2013, adoptó por unanimidad entre otros acuerdos:

- La reducción del capital social en la suma de cuarenta y cinco mil setenta y cinco euros y noventa y un céntimos (45.075,91), mediante la reducción del valor nominal de la totalidad de las acciones, con la finalidad de condonar el desembolso pendiente de realizar por los accionistas.

- La reducción del capital social en la suma de veinticinco euros y treinta céntimos (25,30), mediante la reducción del valor nominal de la totalidad de las acciones, con la única finalidad de redondear la cifra de capital social restituyendo las aportaciones a los accionistas.

Como consecuencia de las operaciones de reducción acordadas, el nuevo importe del capital social ha quedado fijado en quince mil euros (15.000,00), representado por mil acciones de quince euros (15,00) de valor nominal cada una de ellas, totalmente suscrito y desembolsado. Asimismo, ha quedado modificado el artículo 5.º de los Estatutos sociales relativo al capital social.

- Tras las reducciones acordadas, y dado que el capital social ha quedado por debajo de la cifra mínima legal, la transformación simultánea de Escorxador d'Inca, S.A. en sociedad de responsabilidad limitada, pasando a denominarse Escorxador d'Inca, S.L., aprobación del balance de transformación, asunción y distribución de participaciones sociales.

Se hace constar expresamente que los acreedores de la Sociedad podrán oponerse a las citadas reducciones de capital social en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de los acuerdos de reducción de capital de la sociedad, en los términos previstos en el artículo 336 de la LSC.

Inca, 10 de octubre de 2014.- El Secretario del Consejo de Administración.

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