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Documento BORME-C-2014-10974

PFIZER, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
PFIZER GEP, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 204, páginas 12565 a 12565 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-10974

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 y 44, por remisión del artículo 73, de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), se hace constar públicamente que el socio único de Pfizer, S.L. (en adelante, la "Sociedad Escindida"), ejerciendo las funciones de la Junta General de esa sociedad al amparo de lo dispuesto en el artículo 160 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, acordó con fecha 23 de octubre de 2014 y tras aprobar el Proyecto de Escisión Parcial redactado por el órgano de administración de esa sociedad, la escisión parcial de la Sociedad Escindida mediante el traspaso a la sociedad Pfizer GEP, S.L. (en adelante, la "Sociedad Beneficiaria") de la unidad económica integrada por la División GEP (Global Established Products) de la Sociedad Escindida, que integra la actividad de gestión y comercialización de medicamentos cuya patente ha expirado o expirará en los próximos 36 meses o productos comercializados por el grupo Pfizer únicamente en el mercado español. La escisión se realiza con cargo a una reducción del capital social en la cantidad de catorce millones novecientos noventa y nueve mil novecientos noventa y ocho euros con cuarenta céntimos de euro (14.999.998,40 euros) así como parte de las partidas del pasivo no exigible denominadas "prima de emisión", que queda reducida en la cantidad de 12.215.304,50 euros, "reserva legal" que queda reducida en la cantidad de 3.116.656,92 euros, "otras reservas" que queda reducida en la cantidad de 205.179.732,79 euros y "resultado del ejercicio" que queda reducida en la cantidad de 8.571.738 euros, de la Sociedad Escindida, que seguirá existiendo tras la escisión, y el traspaso en bloque de la referida División GEP a la Sociedad Beneficiaria, que la adquiere por sucesión universal, con todos los derechos y obligaciones inherentes a la misma, todo lo anterior en los términos establecidos en el Proyecto de Escisión Parcial depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 21 de octubre de 2014.

Igualmente, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad Escindida y de la Sociedad Beneficiaria de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, así como el balance de escisión parcial. Se informa igualmente a los señores acreedores que podrán ejercitar el derecho de oposición a la escisión que les corresponde conforme a lo previsto en el artículo 44 de la LME, por remisión del artículo 73 del mismo texto legal, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión.

En Madrid, 23 de octubre de 2014.- D.ª Elvira Sanz Urgoiti, Presidenta del Consejo de Administración de la Sociedad Escindida.

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