Está Vd. en

Documento BORME-C-2014-10899

HOSPIMAR 2000, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INVERSIONES HOSPIVA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 202, páginas 12483 a 12483 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-10899

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 y concordantes de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME) se hace público que el pasado 30 de junio de 2014, las Juntas Generales Ordinarias de socios celebradas con carácter universal, de las compañías "HOSPIMAR 2000, S.L." e "INVERSIONES HOSPIVA, S.L." aprobaron por unanimidad respectivamente, el acuerdo de fusión inversa por absorción de ambas sociedades, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida (INVERSIONES HOSPIVA, S.L.) y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente (HOSPIMAR 2000, S.L.), todo ello de acuerdo con el proyecto de fusión suscrito al efecto el 29 de junio de 2014, de forma conjunta, por los Órganos de Administración de las sociedades que participan en la fusión.

Se trata de una fusión inversa en que la sociedad absorbida es titular del cien por cien del capital de la sociedad absorbente.

Adoptando las sociedades participantes de la fusión por unanimidad el acuerdo de fusión, la operación se estructura y enmarca dentro de la fusión inversa por absorción mediante acuerdo unánime de fusión que se regula en los artículos 42 y 52 de la LME, no siendo necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y tampoco el informe de administradores sobre el proyecto de fusión. No obstante, las menciones contenidas en el artículo 31 de la LME, en relación con los artículos 49 y 52 de la misma norma, han sido incluidas en el acuerdo de fusión.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la fusión, de examinar en los domicilios sociales de estas o de pedir la entrega o envío gratuito de copia de los documentos que se relacionan en el artículo 39 de la LME, así como a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado. Del mismo modo, se hace constar también el derecho de los acreedores que se encuentren en el supuesto del artículo 44 y concordantes de la LME, de oponerse a la fusión, en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Madrid, 15 de octubre de 2014.- El Administrador único de Hospimar 2000, S.L. y de Inversiones Hospiva, S.L., D. Ángel Gómez Navarro.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid