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Documento BORME-C-2014-10626

CERRO MURILLO, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PROMUR VIVIENDAS, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 194, páginas 12186 a 12186 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-10626

TEXTO

Anuncio de fusión

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("Ley 3/2009"), se hace público que, con fecha 8 de octubre de 2014, la Junta general universal extraordinaria de Cerro Murillo, S.A. y el accionista único de Promur Viviendas, S.A.U., después de aprobar el proyecto común de fusión redactado y suscrito por los Órganos de Administración de ambas sociedades con fecha 30 de junio de 2014 y los respectivos balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2013, han aprobado la fusión por absorción de Promur Viviendas, S.A.U. (Sociedad absorbida) por Cerro Murillo, S.A. (Sociedad absorbente), con extinción, vía disolución sin liquidación, de la primera y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la segunda, que adquirirá, por sucesión universal, la totalidad de los derechos y obligaciones de Promur Viviendas, S.A.U.

A los efectos del artículo 42.1 de la Ley 3/2009, se hace constar que el acuerdo de fusión se ha aprobado con el voto unánime de los accionistas de cada una de las sociedades participantes en la fusión.

Asimismo, se hace constar que, por constituir esta operación una fusión por absorción de sociedad íntegramente participada, es de aplicación a la misma el régimen simplificado dispuesto en el artículo 49 de la Ley 3/2009.

No obstante lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, se hace constar que los documentos enumerados en el artículo 39.1 del mismo texto legal (Proyecto Común de Fusión; cuentas anuales e informes de gestión de los tres últimos ejercicios, así como los correspondientes informes de los Auditores de cuentas de las sociedades participantes en la fusión, en los casos en que sean legalmente exigibles; los estatutos sociales vigentes de las dos Sociedades; la identidad de los Administradores de las Sociedades que participan en la fusión y la fecha desde la que desempeñan su cargo), se encuentran disponibles en el domicilio social de las dos Sociedades participantes en la fusión, para su examen por los accionistas, obligacionistas, titulares de derechos especiales y representantes de los trabajadores, con posibilidad de obtener la entrega o el envío gratuito de su texto íntegro.

En cumplimiento del artículo 43.1 de la Ley 3/2009, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las dos Sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados así como de los balances de fusión.

Finalmente, se hace constar el derecho que corresponde a los acreedores de las dos Sociedades participantes en la fusión a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, durante un plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de fusión.

Zaragoza, 8 de octubre de 2014.- El Secretario del Consejo de Administración de Cerro Murillo, S.A., don Jesús Sierra Ramírez, y el Administrador solidario de Promur Viviendas, S.A.U., don Antonio Alastrué Pinilla.

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