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Documento BORME-C-2014-10607

CARBONELL FIGUERAS, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
TARRACO ENERGY, S.L.
PILCAR SERVICIOS 2014, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 193, páginas 12166 a 12166 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-10607

TEXTO

Anuncio de escisión parcial.

La Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de Carbonell Figueras, S.A., celebrada el 30 de junio de 2014, ha acordado por unanimidad la escisión parcial de la compañía a favor de Tarraco Energy, S.L.. y Pilcar Servicios 2014, S.L. (sociedades beneficiarias, que se encuentran a estos efectos en proceso de constitución) por la que la primera -subsistente- escindirá las participaciones mayoritarias que ostenta en sociedades cuya actividad se enmarca en el sector energético (Hidroeléctrica Da Boavista Jose Pereira De Araujo, LDA. e Inversiones Hidroeléctricas CF, S.A.), así como también las del sector de servicios (Servicio Industrial De Lavanderías, S.A., y Bodegas Concavins, S.A.), a favor de las sociedades beneficiarias, respectivamente. Ello se realizará con idéntica composición de socios en el capital social, transmitiéndose las respectivas carteras a título universal parte del patrimonio (activos y pasivos) financiero de la sociedad escindida y subrogándose las beneficiarias en todos los derechos y obligaciones derivados de las participaciones mayoritarias objeto de aportación a su favor. La escisión se efectuará contra reservas de la sociedad escindida, sin que en consecuencia sea necesaria la reducción de su capital social.

De conformidad con lo previsto por el artículo 78 bis de la Ley de Modificaciones Estructurales, no son necesarios el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión.

No se otorgan en el Proyecto de escisión derechos especiales ni ventaja alguna a los Administradores de las sociedades que participan en la escisión.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad escindida de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, del proyecto de escisión y del balance de escisión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de la sociedad escindida, en el plazo de un mes.

Tarragona, 30 de septiembre de 2014.- La Presidenta del Consejo de Administración de Carbonell Figueras, S.A., doña María Pilar Carbonell Tudores.

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