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De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, con fecha 19 de septiembre de 2.014, el accionista y socio único de "Gelesa Gestión Logística, S.L.U.", "Comercial de Prensa Siglo XXI, S.A.U." y "Distribución de Prensa por Rutas, S.L.U.", constituido en sendas Juntas generales universales aprobó la operación de fusión en virtud de la cual la primera de las citadas sociedades "Gelesa Gestión Logística, S.L.U." (Sociedad absorbente) absorbe a las sociedades "Comercial de Prensa Siglo XXI, S.A.U." y "Distribución de Prensa por Rutas, S.L.U." (Sociedades absorbidas), quedando las sociedades absorbidas disueltas y extinguidas sin liquidación, y transmitiendo en bloque sus patrimonios, por sucesión universal, a la sociedad absorbente.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas, socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los balances de fusión. Asimismo, se hace constar que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, a los acreedores les asiste el derecho de oposición a la fusión durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión, en los términos del artículo 44 de la referida Ley.
Madrid, 19 de septiembre de 2014.- Gelesa Gestión Logística, S.L.U., D. Julio Alexander Villanueva Ruiz representante del Administrador único Dima Distribución Integral, S.L.; Comercial de Prensa Siglo XXI, S.A.U., D. Julio Alexander Villanueva Ruiz representante del Administrador único Dima Distribución Integral, S.L.; Distribución de Prensa por Rutas, S.L.U., D. Julio Alexander Villanueva Ruiz representante del Administrador único Dima Distribución Integral, S.L.
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