Contido non dispoñible en galego
EDICTO D/D.ª María Jesús Rodríguez Fernández, Secretario del Juzgado de los Mercantil n.º 4 de Madrid. En los autos de referencia 780/2013 de Convocatoria de Junta General de Accionistas solicitada por Luis Miguel Fernández de la Llave frente a Somos Yatiri, S.L. por resolución de fecha 2 de abril de 2014, se ha acordado librar oportuno edicto dirigido a ese organismo para la publicación en el mismo de la parte dispositiva de dicha resolución, la cual se inserta a continuación: Parte dispositiva Se admite la solicitud de convocatoria judicial de junta general de socios extraordinaria de la sociedad Somos Yatiri, S.L., formulada por don Luis Miguel Fernández de la Llave. Se convoca la junta general solicitada, que se celebrará en el domicilio social, sito en C/ Relatores, núm. 20, bajo, local izquierdo, de Madrid, en fecha 22 de octubre de 2014, a las 10,30 horas, la cual será presidida por el socio designado por los demás concurrentes al inicio de la sesión, que designarán asimismo al secretario de la misma, y que se celebrará ante el Notario que designe la sociedad, o en su defecto el solicitante de la convocatoria, y que tendrá por orden del día el siguiente:
Orden del día
Primero.- Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales del ejercicio 2012.
Segundo.- Propuesta y aprobación, en su caso, de la aplicación del resultado del ejercicio 2012.
Tercero.- Información de la empresa que realmente explota el Restaurante Somos Yatiri, S.L., y si existe contrato de arrendamiento con la propiedad o con la empresa Red Alternativa, S.L.
Cuarto.- Información sobre las retribuciones percibidas por la administradora, por don Alberto José Valera y la sociedad Red Alternativa, S.L.
Quinto.- Información respecto a la apertura de otro restaurante Somos Yatiri, S.L. en Ibiza en julio de 2013.
Sexto.- Nombramiento de auditor, con el objeto de emitir informe sobre la veracidad y fidelidad de las cuentas anuales.
Séptimo.- Adopción de acuerdo de disolución de la sociedad Somos Yatiri, S.L., en el caso que esté reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social, a no ser que lo procedente fuera realizar el concurso de la sociedad.
Octavo.- Ruegos y preguntas.
Noveno.- Redacción, lectura y aprobación de Acta si procede por la propia junta, o en su caso, designación y nombramiento de interventores.
Los actos de publicidad y comunicación legal o estatutariamente exigidos para hacer efectiva esa convocatoria podrán ser realizados tanto por la parte solicitante como por la propia sociedad, siempre a costa de esta última. Notifíquese este Auto según lo dispuesto, previniéndose de que contra él mismo no cabe recurso alguno, siendo firme Así lo acuerda, manda y firma, Jorge Montull Urquijo, Magistrado-Juez de refuerzo del Juzgado de lo Mercantil número 4 de los de Madrid, de lo que doy fe.
Dado en Madrid a, 11 de septiembre de 2014.- El/La Secretario.
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