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Documento BORME-C-2014-10171

BELBEX CORPORATE, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 179, páginas 11661 a 11661 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2014-10171

TEXTO

La Junta General Extraordinaria de accionistas de la sociedad en su reunión de 5 de septiembre de 2014, en la que estaban presentes socios que representan el 90,205% del capital social se acordó ampliar el capital social en las siguientes condiciones:

- Importe nominal y efectivo de la ampliación de capital: un máximo de 50.000 euros, mediante aportaciones dinerarias en proporción al valor nominal de las participaciones actualmente poseídas por cada accionista.

- Participaciones máximas a emitir: 5.000 nuevas participaciones de igual valor nominal, a diez euros (10 €), y contenido de derechos que las anteriores, para ser desembolsadas mediante aportaciones dinerarias.

- Suscripción y desembolso: El desembolso del valor nominal de las participaciones suscritas deberá efectuarse en el momento de la suscripción, mediante ingreso en la cuenta corriente abierta a nombre de la sociedad en la entidad Banco de Sabadell, S.A., indicando el nombre del suscriptor, y el número de participaciones suscritas.

- Plazo de suscripción: Se concede el plazo de un mes desde la publicación del anuncio de la oferta de suscripción de las nuevas participaciones en el BORME de conformidad con lo previsto en el artículo 305 LSC.

Tras la finalización de este plazo, el órgano de administración podrá declarar cerrada la ampliación de capital en la cifra efectivamente suscrita, puesto que se prevé expresamente la posibilidad de suscripción incompleta. Para ello, el órgano de administración podrá modificar el artículo 5.º de los Estatutos Sociales, relativo al capital social, en la medida que sea procedente, de acuerdo con el número de participaciones que se creen en la ampliación de capital, haciendo constar la numeración de las participaciones suscritas, los desembolsos pendientes y el plazo establecido para su ingreso.

- De no desembolsarse totalmente la ampliación de capital acordada en el periodo de suscripción y desembolsos indicados, el capital quedará aumentado únicamente en la cuantía de los desembolsos efectuados y suscritas las participaciones por quienes hayan llevado a cabo los desembolsos.

- Derechos políticos y económicos: Los mismos que las actuales participaciones de la sociedad.

Madrid, 15 de septiembre de 2014.- Juan Menduiña Echevarría, Consejero Delegado.

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