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Documento BORME-C-2014-10109

GIMÉNEZ GANGA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE),
GIMÉNEZ GANGA MÁLAGA, S.L.U.
GIMÉNEZ GANGA TARRAGONA, S.L.U.
GIMÉNEZ GANGA CATALUNYA, S.L.U.
GIMÉNEZ GANGA CASTILLA Y LEÓN, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS).

Publicado en:
«BORME» núm. 176, páginas 11587 a 11587 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-10109

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas generales extraordinarias de socios de las cinco sociedades, válidamente celebradas con el carácter de universales los días quince, dieciséis, diecisiete, dieciocho y diecinueve, respectivamente, del mes de agosto de 2014, acordaron por unanimidad, la fusión de las cinco sociedades de acuerdo con los términos establecidos en el proyecto común de fusión, suscrito el día 29 de junio de 2014 por los administradores de todas las sociedades participantes en la fusión, mediante la absorción por parte de "Giménez Ganga, Sociedad Limitada Unipersonal" de "Giménez Ganga Málaga, Sociedad Limitada Unipersonal", "Giménez Ganga Tarragona, Sociedad Limitada Unipersonal" "Giménez Ganga Catalunya, Sociedad Limitada Unipersonal" y de "Giménez Ganga Castilla y León, Sociedad Limitada Unipersonal", con la consiguiente extinción, sin liquidación, de las sociedades absorbidas y el traspaso en bloque a título de sucesión universal de todo el patrimonio social, de cada una de las sociedades absorbidas, a la sociedad absorbente, la cual queda subrogada en todos los derechos y obligaciones de aquellas.

De conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión, de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de Fusión. Asimismo, los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse al acuerdo de fusión, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Sax, 25 de agosto de 2014.- De una parte doña María del Mar Giménez Guardiola, en calidad de Administradora solidaria de "Giménez Ganga, Sociedad Limitada Unipersonal"; de otra parte don Juan Pascual Giménez Barceló en calidad de Administrador único de "Giménez Ganga Málaga, Sociedad Limitada Unipersonal" y de "Giménez Ganga Castilla y León, Sociedad Limitada Unipersonal", y de otra parte don Juan Pascual Giménez Barceló en calidad de representante de Giménez Ganga, Sociedad Limitada Unipersonal, Administradora única de "Giménez Ganga Tarragona, Sociedad Limitada Unipersonal" y de "Giménez Ganga Catalunya, Sociedad Limitada Unipersonal.

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