De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de Abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que la junta general extraordinaria de socios de CABLEVISIÓN DO CARBALLINO, S.L. (la "Sociedad Absorbente"), celebrada con fecha 1 de Septiembre de 2014 y la junta general extraordinaria de socios OPENOR, S.L. (la "Sociedad Absorbida"), celebrada con fecha 1 de Septiembre de 2014 han aprobado por unanimidad, en calidad de Sociedad Absorbente y Sociedad Absorbida (las "Sociedades a Fusionar"), respectivamente, la fusión por absorción de la segunda por parte de la primera, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión con fecha 1 de agosto de 2014.
La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, la atribución de participaciones sociales de la Sociedad Absorbente a los socios de la Sociedad Absorbida y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.
Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el Artículo 44 LME.
Orense, 1 de septiembre de 2014.- Marcos López Carregal, Administrador Único de Openor, S.L.; Rogelio González Fernández, Administrador solidario de Cablevisión Do Carballino, S.L.
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