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Documento BORME-C-2013-9761

CARRERA MOTOR, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BRIO MOTOR, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 117, páginas 11434 a 11434 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2013-9761

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley sobre Modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el día 17 de junio de 2013, las Juntas generales universales de accionistas de "Carrera Motor, S.A." (sociedad absorbente) y "Brio Motor, S.A." (sociedad absorbida), adoptaron, por unanimidad, el acuerdo de fusión por absorción de ambas sociedades, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y la transmisión en bloque de su patrimonio a favor de la sociedad absorbente, que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, según los términos establecidos en el proyecto de fusión. Por ello, la operación se estructura y enmarca dentro de la fusión por absorción mediante acuerdo unánime de fusión que se regula en el artículo 42 de la LME.

Al tratarse de absorción de sociedad íntegramente participada, se realizará sin aumento de capital de la sociedad absorbente, con mera desaparición de la sociedad absorbida por amortización de todas las participaciones representativas de su capital y, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 de la LME, sin informes de Administradores y expertos sobre el proyecto de fusión.

Se hace constar, a los efectos oportunos, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos y de los Balances de fusión, así como el derecho de los socios a pedir la entrega o envío gratuito de copia de los documentos relacionados con la fusión, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 39 y 43 de la LME. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades participantes a oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la LME.

Santander, 18 de junio de 2013.- Los Administradores mancomunados de Carrera Motor, S.A. y Brio Motor, S.A., José Manuel Vidal de la Peña Lopez-Tormos y Fernando Vidal de la Peña Lopez-Tormos.

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