De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, en fecha 10 de junio de 2013, el socio único de "Herbex Iberia, S.L.U." y ésta última como socia única de las mercantiles "Herbex Europa, "S.L.U.", "Herbex Levante, S.L.U."; "Herbafresca, S.L.U.", "Almería Herbs, S.L.U" y "Aromaponiente, S.L.U.", asumiendo las competencias de Junta General, conforme al artículo 15 del TRLSC, adoptaron el acuerdo de fusión por absorción de las sociedades "Herbex Europa, "S.L.U.", "Herbex Levante, S.L.U."; "Herbafresca, S.L.U.", "Almeria Herbs, S.L.U" y "Aromaponinete, S.L.U.", por parte de "Herbex Iberia, S.L.U", con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y con transmisión universal de todos sus derechos y obligaciones a favor de la absorbente.
Los acuerdos de fusión se han adoptado en junta Universal, como decisión de socio único, en cada una de las sociedades participantes en la fusión, por consiguiente, y de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de fusión.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios, trabajadores y a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como los balances de fusión y el derecho de los acreedores de oponerse a la fusión en los términos establecidos legalmente.
Almería, 18 de junio de 2013.- Don Jaime Visquert Gonzálvez, Administrador Único de las entidades "Herbex Iberia, S.L.U", "Herbex Europa, S.L.U.", "Herbex Levante, S.L.U."; "Herbafresca, S.L.U.", "Almería Herbs, S.L.U.", y "Aromaponiente, S.L.U.".
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