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Documento BORME-C-2013-9147

DIARIO EL CORREO, S.A.
(SOCIEDAD UNIPERSONAL)
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
EL CORREO DIGITAL, S.L.
(SOCIEDAD UNIPERSONAL)
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 107, páginas 10735 a 10735 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2013-9147

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 4 de Abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General (decisión de accionista único) de Diario El Correo, Sociedad Anónima Sociedad Unipersonal, celebrada el día 30 de Mayo de 2013, ha aprobado la fusión de la Sociedad con la sociedad íntegramente participada El Correo Digital, Sociedad Limitada Sociedad Unipersonal, mediante la absorción de esta última por la primera, lo que implica la disolución y extinción sin liquidación de la Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, que adquirirá, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de aquélla.

El acuerdo ha sido adoptado ajustándose estrictamente al Proyecto Común de Fusión elaborado y suscrito por los órganos de administración de dichas sociedades intervinientes y que fue aprobado por el socio único de la Sociedad Absorbente en la fecha indicada. Dicho Proyecto Común de Fusión no se deposita en el Registro Mercantil correspondiente, conforme a lo dispuesto en el artículo 42 de la señalada Ley 3/2009, de 4 de Abril.

A los efectos anteriores se pone de manifiesto que El Correo Digital, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal (Sociedad Absorbida) está íntegramente participada de forma directa por la Sociedad Absorbente y, en consecuencia, no procederá aumentar el capital social de la Sociedad Absorbente, ni ha sido preciso someter el acuerdo de fusión a la decisión del socio único de la Sociedad Absorbida. La fusión impropia referida tendrá efectos contables a partir del día 1 de Enero de 2013.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de una y otra sociedad a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y de los balances de fusión, así como el derecho que asiste a los acreedores de ambas sociedades a oponerse a la fusión durante el transcurso de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión, todo ello en los términos señalados en el artículo 44 de la citada Ley 3/2009, de 4 de Abril.

Bilbao (Vizcaya), 31 de mayo de 2013.- El Secretario del Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente Diario El Correo, S.A., Sociedad Unipersonal, D. Emilio José de Palacios Caro.

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