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Documento BORME-C-2013-8017

VERIZON SPAIN, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
NAP DE LAS AMÉRICAS-MADRID, SOCIEDAD ANÓNIMA, SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 96, páginas 9497 a 9497 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2013-8017

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción de sociedad íntegramente participada.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "Ley 3/2009") se hace público que, con fecha 22 de mayo de 2013, la Junta General Ordinaria y Universal de socios de Verizon Spain, Sociedad Limitada y el accionista único de NAP de las Américas-Madrid, Sociedad Anónima Unipersonal, aprobaron por unanimidad la fusión por absorción de NAP de las Américas-Madrid, Sociedad Anónima Unipersonal por parte de Verizon Spain, Sociedad Limitada, con disolución sin liquidación de NAP de las Américas-Madrid, Sociedad Anónima Unipersonal y con transmisión en bloque de su patrimonio a Verizon Spain, Sociedad Limitada, la cual adquirirá, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de la Sociedad absorbida. La fusión se ha aprobado ajustándose al proyecto común de fusión redactado y suscrito por la totalidad de los Administradores de las sociedades intervinientes y que fue aprobado por unanimidad por la Junta General Ordinaria y Universal de socios de Verizon Spain, Sociedad Limitada y por el accionista único de NAP de las Américas-Madrid, Sociedad Anónima Unipersonal, en la fecha indicada, e igualmente aprobaron por unanimidad como Balances de fusión los cerrados por ambas sociedades a 31 de diciembre de 2012. El acuerdo de fusión se ha adoptado de conformidad con lo previsto en el artículo 42 de la Ley 3/2009.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes de la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, y durante el plazo de un mes a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 22 de mayo de 2013.- Don Mariano López Rivelo, Administrador Solidario de Verizon Spain, Sociedad Limitada, y don Pedro Miguel Prestel de Francisco, representante físico del Administrador único (Terremark Worldwide Inc.) de NAP de las Américas-Madrid, Sociedad Anónima Unipersonal.

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