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Documento BORME-C-2013-7779

CODESURE 15, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 95, páginas 9161 a 9162 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2013-7779

TEXTO

Compensación de pérdidas con cargo a reservas y con reducción de capital. Posterior reducción de capital con devolución de aportaciones

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital (la "LSC"), se hace público que la Junta General Ordinaria Universal de Accionistas de Codesure 15, S.A., celebrada el 17 de mayo de 2013, adoptó por unanimidad los siguientes acuerdos:

1.º Compensar pérdidas con cargo a la totalidad de las reservas existentes en la Sociedad (reserva legal, reservas voluntarias y reservas de libre disposición) por importe de 20.261.165,86 €.

2.º Reducir el capital social con la finalidad de restablecer el equilibrio patrimonial y compensar las pérdidas de ejercicios anteriores no cubiertas por la compensación con cargo a reservas antes acordada.

La reducción de capital antes mencionada se realizará por medio la reducción del valor nominal de las 5.400 acciones que componen el capital social, en la cuantía de 157 € por acción, ascendiendo la misma en total a 847.800,00 €. Como consecuencia, el capital social queda fijado en 4.552.200,00 €. Como base de la operación se utiliza el balance de situación de la Sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2012, debidamente auditado por los auditores de la Sociedad.

El exceso de la reducción de capital respecto de las pérdidas a compensar (2.562,35 €) será destinado a reserva legal, de conformidad con el artículo 325 de la LSC, sin que la misma exceda del 10% de la cifra del capital de conformidad con el artículo 322 LSC.

3.º Reducir el capital social de la Sociedad con la finalidad de devolver el valor de las aportaciones a los accionistas.

La reducción de capital antes mencionada se realizará por medio la reducción del valor nominal de las 5.400 acciones que componen el capital social, en la cuantía de 71,40 € por acción, ascendiendo la misma en total a 385.560,00 €, cantidad que será restituida a los accionistas a razón de 71,40 € por acción. El capital social queda fijado como consecuencia en la cuantía de 4.166.640 €.

4.º Como consecuencia de las operaciones de reducción acordadas, el nuevo importe del capital social queda fijado en 4.166.640 €, representado por 5.400 acciones nominativas suscritas y desembolsadas, con valor nominal de 771,60 €, quedando modificado el artículo 5.º de los estatutos en consecuencia.

La ejecución de las reducciones de capital acordadas se realizará dentro del plazo máximo de 45 días, a partir de la fecha de publicación del último anuncio de las mencionadas reducciones.

A los efectos de los artículos 334 y 335 de la LSC, se hace constar que (a) se prevé la exclusión del derecho de oposición de los acreedores sociales en lo que respecta a la primera reducción de capital, efectuada con la exclusiva finalidad de compensar pérdidas, y (b) los acreedores de la Sociedad tendrán el derecho de oponerse en lo que respecta a la segunda reducción de capital, efectuada para la devolución de aportaciones, en los términos establecidos en la LSC. El derecho de oposición habrá de ejercitarse en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo reducción del capital social.

Madrid, 21 de mayo de 2013.- El Presidente del Consejo de Administración, Arzalejos Real Estate, S.L., representado por Juan Esquer Rufilanchas.

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