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Documento BORME-C-2013-391

ACRÓPOLIS 2001 SICAV, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 14, páginas 445 a 445 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2013-391

TEXTO

De acuerdo con el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que en la Junta General de Accionistas de la Sociedad, celebrada en primera convocatoria el día 7 de enero de 2013, se adoptaron, por unanimidad de los asistentes, los siguientes acuerdos:

1.º Reducir el capital social estatutario emitido, actualmente fijado en la cantidad de 27.404.482,14 euros dividido en 4.559.814 acciones, de 6,01 euros de valor nominal cada una de ellas, en la cifra de 21.570.995,84 euros, mediante la amortización de 3.589.184 acciones que la sociedad mantiene en autocartera, quedando fijado en 5.833.486,30 euros, dividido en 970.630 acciones, de 6,01 euros de valor nominal cada una de ellas.

2.º Reducir el capital social inicial, desde la cifra inicial de 6.010.000 euros, hasta los 2.404.000 euros, es decir en 600.000 acciones, que se reclasifican como capital social estatutario emitido.

3.º Reducir el capital social estatutario máximo, desde la cifra inicial de 60.100.000 euros, dividido en 10.000.000 de acciones de 6,01 euros de valor nominal, hasta la cifra de 24.040.000 euros, dividido en 4.000.000 de acciones de 6,01 euros de valor nominal cada una de ellas.

4.º Modificar el artículo 5.º de los Estatutos Sociales, relativo al capital social, quedando el capital social inicial establecido en 2.404.000 euros, representado por 400.000 acciones nominativas de 6,01 euros de valor nominal cada una de ellas y el capital estatutario máximo en 24.040.000 euros, representado por 4.000.000 de acciones nominativas de 6,01 euros de valor nominal cada una de ellas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital, en el plazo de un mes a partir de la publicación del último de los anuncios de reducción de capital, los acreedores de la Sociedad cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción del capital, no hayan vencido en ese momento y hasta que se les garanticen tales créditos, tendrán el derecho de oponerse a la reducción acordada.

El presente acuerdo se adopta con la finalidad de otorgar mayor liquidez a los accionistas de la sociedad.

Madrid, 8 de enero de 2013.- La Secretaria del Consejo de Administración, doña María Ángeles Carnicer Malaxechevarria.

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