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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que por medio de las decisiones de los Socios únicos de las sociedades Erka Materiales Eléctricos, S.L. (Sociedad Unipersonal) y Erka Bizkaia, S.L. (Sociedad Unipersonal), adoptadas el día 24 de abril de 2013, se aprobó la operación de fusión por la cual Erka Bizkaia, S.L., será absorbida por Erka Materiales Eléctricos, S.L., que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio de la sociedad absorbida.
Se hace constar, a los efectos oportunos, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos y balances de fusión en el domicilio social de cada una de las sociedades. Los acreedores de las sociedades indicadas podrán oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de fusión.
Errentería, 25 de abril de 2013.- Don Tomás Carpintero Atienza, en calidad de Administrador Único de ambas sociedades.
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