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Documento BORME-C-2013-2130

GRUPO TEC SERVICIOS AVANZADOS, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
NARANJOS TREINTA Y TRES, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 64, páginas 2523 a 2523 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2013-2130

TEXTO

Anuncio de escisión parcial y reducción y aumento de capital

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 73 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas de Grupo Tec Servicios Avanzados, S.A. acordó, por unanimidad, el día 2 de abril de 2013 aprobar la escisión parcial de Grupo Tec Servicios Avanzados, S.A. mediante la escisión parcial y consiguiente transmisión en bloque de dos unidades económicas de su patrimonio consistentes (i) en el 100% de las participaciones de la sociedad Grupotec Tecnología Solar, S.L.U., y (ii) el 74,70% del capital social de Gt Inversiones y Cartera 2001, S.L. (un total de 1.144.998 participaciones); y su traspaso en bloque a la sociedad beneficiaria de dicha escisión, de nueva creación, Naranjos Treinta y Tres, S.L., la cual se constituirá simultáneamente y como consecuencia de la presente escisión parcial y adquirirá por sucesión universal la titularidad de las participaciones escindidas, adjudicando a los accionistas de la Sociedad parcialmente escindida nuevas participaciones sociales de la Sociedad Beneficiaria, proporcionalmente a los derechos que éstos tenían en el capital de la Sociedad Escindida, sin tomar en consideración la autocartera. Como consecuencia de la escisión la Sociedad Escindida reducirá su capital en 23.658 euros mediante la reducción del valor nominal de sus acciones en 2 euros cada una, para a continuación aumentar el capital en 12.775,32 € mediante incremento del valor nominal de las acciones en 1,08 euros cada una, quedando, por tanto, fijado el capital social de la Sociedad Escindida en 60.091,32 euros.

Se hace constar que, por aplicación del 78.bis de la LME no ha sido preciso elaborar balance de escisión ni el informe de los administradores sobre el Proyecto de Escisión, ni el nombramiento de expertos independientes.

Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y se informa a los acreedores de que podrán oponerse a la escisión parcial así como a la reducción de capital planteada, durante el plazo de un mes contado desde la publicación del último anuncio de escisión parcial y de reducción de capital, conforme a lo establecido en los artículos 43 y 44 de la LME, por remisión del artículo 73 de la misma ley y al artículo 334 de la LSC

Valencia, 2 de abril de 2013.- El Secretario del Consejo de Administración de la Sociedad Escindida parcialmente, Grupo Tec Servicios Avanzados, S.A., D. César Alejandro Moreyra Martínez.

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