Contido non dispoñible en galego
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1. de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se hace público que la Junta Universal de "Promociones Fuente Vieja, Sociedad Limitada" el día 6 de marzo de 2013, adopta por unanimidad el acuerdo de escisión parcial mediante la transmisión en bloque de una parte de su patrimonio a "Inversiones Fuente Vieja, Sociedad Limitada" de nueva creación.
De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, los socios y acreedores de la sociedad que se escinde parcialmente tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión, así como el derecho a oponerse a la escisión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, en el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de escisión.
Córdoba, 8 de marzo de 2013.- El Administrador único.
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