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Documento BORME-C-2013-160

INMOBILIARIA GUTIÉRREZ Y MARÍN, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 6, páginas 192 a 193 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2013-160

TEXTO

La Junta General de Accionistas de fecha 29 de noviembre de 2012 adoptó el acuerdo de aumentar el capital social de la Sociedad en la cantidad nominal de 336.499,90 euros mediante la emisión de 5.599 nuevas acciones (las "Acciones Nuevas"), números 11.201 a 16.799, ambas inclusive, con los mismos derechos que las actualmente emitidas, de 60,10 euros de valor nominal cada una de ellas, con derecho de suscripción preferente para los accionistas de la Sociedad o para aquellos a quienes éstos transmitan su derecho de preferencia.

En virtud de la delegación recibida de la referida Junta General de Accionistas, el Consejo de Administración de la Sociedad, en su reunión de fecha 4 de diciembre de 2012 ha acordado proceder a la ejecución de la ampliación de capital de referencia en las condiciones que a continuación se indican:

1.- Aumentar el capital social en 336.499,90 euros, mediante la creación de 5.599 nuevas acciones, números 11.201 a 16.799, ambas inclusive, ordinarias, nominativas, con los mismos derechos políticos y económicos que las actualmente emitidas, de 60,10 euros de valor nominal cada una de ellas, sin prima de emisión.

2.- El contravalor del aumento serán aportaciones dinerarias en moneda de curso legal al patrimonio social.

3.- Se reconoce a los antiguos accionistas el derecho de suscripción preferente, pudiendo suscribir un número de acciones nuevas proporcional al valor nominal de las acciones que ya posean y que figuren inscritas en el libro registro de acciones nominativas, a razón de 1 acción nueva por cada 2 antiguas.

4.- El plazo máximo de suscripción será de un mes desde la publicación de este anuncio de oferta de suscripción de la nueva emisión en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

5.- Los suscriptores deberán efectuar su aportación desde el momento mismo de la suscripción mediante ingreso de la aportación en la cuenta corriente que la Sociedad tiene aperturada en la entidad "Banco Santander Central Hispano", con el número 0049.5141.72.2216025343. En el resguardo de ingreso, junto con la identidad del accionista que hace la aportación, deberá indicarse la mención "aportación dineraria por aumento de capital social acordado en Junta General de Accionistas de 29 de noviembre de 2012".

6.- Las acciones deberán ser desembolsadas íntegramente en el momento de su suscripción.

7.- Supuesto que los accionistas que teniendo derecho de suscripción preferente no hicieran íntegro uso del mismo, dejando acciones nuevas vacantes o sin suscribir, se procederá de la forma siguiente: (i) se reconoce expresamente un derecho de suscripción preferente sobre las acciones nuevas vacantes únicamente en favor de aquellos accionistas que hubieran suscrito inicialmente la totalidad de las acciones nuevas que proporcionalmente les correspondían, notificándoles el anuncio de oferta de suscripción preferente de las acciones nuevas vacantes mediante comunicación escrita, dentro de los cinco días siguientes al vencimiento del plazo de un mes fijado para la suscripción preferente inicial; (ii) aquellos accionistas que recibieren la citada comunicación dispondrán de un plazo de tres días desde su recepción para manifestar expresamente al órgano de administración, por medio de comunicación escrita, si renuncian a ejercer su derecho de suscripción preferente en este segundo llamamiento; (iii) transcurrido el plazo previsto con anterioridad, el Consejo de Administración notificará, por medio de comunicación escrita, a aquellos accionistas que no hubieren manifestado dicha renuncia su posibilidad de ejercitar, dentro de los diez días siguientes a su recepción, su derecho de adquisición preferente sobre un número de acciones nuevas vacantes proporcional al valor nominal de las acciones que posean al tiempo de adoptarse por la Junta General el acuerdo de aumento de capital totalizado al 100% de las acciones nuevas vacantes si fueran varios, o sobre la totalidad de las acciones nuevas vacantes si fuera uno solo.

8.- En el caso de que tras el segundo llamamiento, quedaran aún acciones nuevas vacantes o sin suscribir, no llegándose a suscribir la totalidad del aumento de capital social, no se procederá a su ofrecimiento a terceros interesados ajenos a la Sociedad, sino que se autoriza expresamente el aumento de capital social incompleto hasta la cifra asumida por los accionistas, emitiendo en dicho caso el número de acciones que corresponda al capital efectivamente suscrito, de conformidad con el artículo 311 de la Ley de Sociedades de Capital.

Todo lo cual se pone en público conocimiento de conformidad a lo prevenido en el artículo 305 de la Ley de Sociedades de Capital.

Madrid, 2 de enero de 2013.- Presidente del Consejo de Administración y Consejero Delegado, don Matías Gutiérrez Plaza.

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