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Documento BORME-C-2013-156

ABILIO SÁNCHEZ, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
GRUPO ISANAHER, SOCIEDAD LIMITADA
FÁBRICAS ASANHER, SOCIEDAD LIMITADA
PASTELERÍAS AHERISAN, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 6, páginas 188 a 188 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2013-156

TEXTO

Anuncio de escisión parcial

Se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, que, con fecha 27 de diciembre de 2012, la Junta General de la sociedad "Abilio Sánchez, S.L", ha acordado la escisión parcial de partes del patrimonio de la sociedad Abilio Sánchez, S.L., a las entidades beneficiarias de nueva creación Grupo Isanaher, S.L., Fábricas Asanher, S.L. y Pastelerías Aherisan, S.L., quienes adquirirán por sucesión a título universal la totalidad de derechos y obligaciones que componen las partes del patrimonio de la sociedad escindida, en la que cada una de las partes forma una unidad económica, de conformidad con el proyecto común de escisión parcial suscrito por el órgano de administración en fecha 17 de diciembre de 2012. Todo ello con efectos contables desde el día de formalización de la escritura pública que eleve el acuerdo a escisión. El balance para la escisión parcial fue cerrado a fecha 15 de noviembre de 2012.

Se hace constar que el acuerdo de escisión parcial se ha adoptado con las prescripciones del artículo 42 de la citada Ley 3/2009, que regula escisión por acuerdo unánime de los socios, habiendo dado cuenta a los trabajadores de las sociedades y habiendo sido aprobado el balance de escisión y las modificaciones de las valoraciones contenidas en el mismo.

Se hace constar expresamente, de conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que participan en el proceso de fusión por absorción y escisión parcial simultánea, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de escisión, así como el derecho de dichos acreedores a oponerse a la escisión parcial en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de escisión parcial, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Salamanca, 28 de diciembre de 2012.- Los Administradores solidarios, don Isidoro Sánchez Santos y doña Araceli-Rosario Hernández Quiles.

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