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Documento BORME-C-2013-152

GRUPO GLOBO MEDIA, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INVERSORA EN MEDIOS TÉCNICOS Y AUDIOVISUALES 2008, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 6, páginas 184 a 184 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2013-152

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se comunica que los órganos de administración de las sociedades Grupo Globo Media, Sociedad Anónima ("Grupo Globo Media") e Inversora en Medios Técnicos y Audiovisuales 2008, Sociedad Limitada ("IMTA"), han formalizado en Madrid el día 14 de diciembre de 2012, escritura pública de fusión por absorción de IMTA (sociedad absorbida) por parte de Grupo Globo Media (sociedad absorbente).

La escritura de fusión se ha formalizado sobre la base del proyecto común de fusión y su adenda, que fueron suscritos conjuntamente por el Consejo de Administración de Grupo Globo Media y por el Administrador único de IMTA. Dicho proyecto y su adenda fueron depositados en el Registro Mercantil de Madrid, respectivamente, los días 5 de julio y 31 de octubre de 2012, hechos de los que se informó en el Boletín Oficial del Registro Mercantil ("BORME") números 135, de 17 de julio de 2012, y 219, de 15 de noviembre de 2012.

Se han considerado como Balances de fusión de Grupo Globo Media e IMTA los respectivos balances de ejercicio cerrados a 31 de diciembre de 2011, que fueron aprobados por su accionista y su socio únicos, respectivamente. Al tratarse de una fusión por absorción de una sociedad íntegramente participada, de conformidad con los artículos 49 y 51 LME, no se contempla tipo de canje, procedimiento de canje ni compensación dineraria alguna, realizándose la absorción sin aumento de capital de la sociedad absorbente, con mera desaparición de la sociedad absorbida por amortización de todas sus participaciones sociales.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de Grupo Globo Media e IMTA de obtener el texto íntegro de la escritura de fusión y de los Balances de fusión.

Los acreedores de Grupo Globo Media e IMTA que, de conformidad con el artículo 44 de la LME, gocen del derecho de oposición a la fusión, podrán oponerse a la misma durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de la última publicación del hecho de la formalización de la escritura de fusión, en los términos previstos en dicho artículo.

Madrid, 2 de enero de 2013.- El presidente del Consejo de Administración de Grupo Globo Media, Sociedad Anónima, don Daniel Écija Bernal.-El representante del Administrador único de Inversora en Medios Técnicos y Audiovisuales 2008, Sociedad Limitada, doña Irantzu Díez Gamboa.

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