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Documento BORME-C-2013-14182

SPICERS ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS, S.L.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE)
ADVEO ESPAÑA, S.A.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN Y ABSORBENTE DE LA FUSIÓN)
SPICERS ESPAÑA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 229, páginas 16388 a 16388 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2013-14182

TEXTO

De conformidad y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (LME), se hace público lo siguiente:

A) Con fecha 28 de noviembre de 2013, se decidió por parte del socio/accionista único de las sociedades Spicers Administración y Servicios, S.L.U. y Adveo España, S.A.U. la escisión parcial de Spicers Administración y Servicios, S.L.U. que transmitirá parte de su patrimonio a favor de la beneficiaria Adveo España, S.A.U., quien recibirá por sucesión universal la totalidad de derechos y obligaciones que componen la unidad económica escindida.

B) Con fecha 27 de noviembre de 2013, se decidió por parte del socio/accionista único de las sociedades Adveo España, S.A.U. y Spicers España, S.L.U. la absorción por parte de Adveo España, S.A.U. de la sociedad Spicers España, S.L.U. La sociedad absorbente adquiere, por sucesión universal, el patrimonio de la absorbida, que quedará extinguida y disuelta sin liquidación, con traspaso a la sociedad absorbente de todos los bienes, derechos y obligaciones que constituyen su patrimonio social.

C) La fusión quedará condicionada a la previa inscripción en el Registro Mercantil de la escritura de escisión parcial de Spicers Administración y Servicios, S.L.U. por la que devendrá Adveo España, S.A.U. en socio único de Spicers España, S.L.U.

D. Los socios y acreedores de las sociedades intervinientes tienen el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de Escisión y el Balance de Fusión.

E. Los acreedores de las sociedades intervinientes tienen derecho a oponerse a la escisión y fusión en los términos del artículo 44 LME durante el plazo de un mes contando desde la fecha del último anuncio de las decisiones por las que se aprueban la escisión y la fusión.

Madrid, 28 de noviembre de 2013.- D. Jaffe Daniel Marc Richard. Administrador Único de Spicers Administración y Servicios, S.L.U.-D. Millán Álvarez-Miranda Navarro, Consejero delegado de Adveo España, S.A.U.-D. Juan Carlos Pérez Peman, Administrador solidario de Spicers España, S.L.U.

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