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Documento BORME-C-2013-14157

IBECON 2003, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CENTRO DE NUEVAS TECNOLOGÍAS MARCOS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
CENTRO DE FORMACIÓN EMPRESARIAL ISLAS BALEARES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 229, páginas 16361 a 16361 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2013-14157

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que el socio único de la sociedad "Ibecon 2003, S.L.U.", ejerciendo las competencias propias de la Junta General, ha aprobado en fecha 24 de noviembre de 2013, la fusión por absorción, como sociedades íntegramente participadas, de "Centro De Nuevas Tecnologías Marcos, S.L.U." (sociedad absorbida) y "Centro De Formacion Empresarial Islas Baleares, S.L.U." (sociedad absorbida) por parte de "Ibecon 2003, S.L.U." (sociedad absorbente), con la consecuente disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y la atribución de su patrimonio íntegro a título universal, a la Sociedad Absorbente, que adquirirá, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de las mismas. Se han aprobado como balances de fusión los cerrados por dichas compañías en fecha 30 de septiembre de 2013.

En tanto, "Centro de Nuevas Tecnologías Marcos, S.L.U." y "Centro de Formación Empresarial Islas Baleares, S.L.U." están íntegramente participadas de forma directa por Ibecon 2003, S.L.U., la fusión por absorción se ha efectuado de conformidad con el procedimiento simplificado previsto en el artículo 49 de la LME, en virtud de la cual no son necesarios los informes de Administradores y de expertos independientes sobre el proyecto de fusión, establecer el tipo de canje, el aumento de capital de la Sociedad Absorbente y la aprobación de la fusión por el socio Único de las Sociedades Absorbidas.

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 42 de la LME no procede la publicación ni el depósito previo de los documentos exigidos por la ley, al haberse adoptado el acuerdo, en junta universal, por el socio único de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas.

En cumplimiento de los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión por absorción adoptado y del balance de fusión, y a oponerse a la fusión por absorción con los efectos legalmente previstos en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión por absorción.

Valladolid, 24 de noviembre de 2013.- Don Lorenzo Alonso Nistal en su calidad de Administrador único de las sociedades Ibecon 2003, S.L.U. (sociedad absorbente) y "Centro de Nuevas Tecnologías Marcos, S.L.U." (sociedad absorbida) y "Centro de Formación Empresarial Islas Baleares, S.L.U." (sociedad absorbida).

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