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Documento BORME-C-2013-13590

GRUPO BASCUAS 2008, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
HERGAYA, S.A.
OBRAS Y VIALES BASCUAS, S.L.
CONDESMO, S.A.
HORMIGONES BASCUAS LUGO, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 220, páginas 15709 a 15709 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2013-13590

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la sociedad denominada Grupo Bascuas 2008, S. L. (sociedad absorbente) ha acordado por unanimidad en Junta General celebrada con carácter universal con fecha 29 de junio de 2013 la fusión por absorción de las sociedades Hergaya, S.A., Obras y Viales Bascuas, S.L., Condesmo, S.A., y Hormigones Bascuas Lugo, S.L., por la cual Grupo Bascuas 2008, S.L., absorbe a las sociedades mencionadas, con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas, mediante la transmisión en bloque de todos los activos y pasivos de dichas sociedades, a título universal, a la sociedad absorbente.

Esta fusión se realiza en cumplimiento de lo dispuesto en la sentencia número 00099/2013, de 16 de abril de 2013, del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Lugo, en el procedimiento concursal número 0000875/2012, en la que se aprueba el convenio aceptado por la junta de acreedores.

Teniendo en cuenta que la sociedad Grupo Bascuas 2008, S.L., es titular de forma directa e indirectamente de la totalidad del capital social de todas y cada una de las sociedades que van a ser absorbidas, resulta de aplicación lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 3/2009, por lo que no son necesarios informes de administradores y expertos sobre el proyecto de fusión, el aumento de capital de la sociedad absorbente, ni la aprobación de la fusión por las juntas generales de las sociedades absorbidas. Asimismo, como el acuerdo de fusión se ha adoptado en junta universal y por unanimidad no es necesario publicar ni depositar previamente el proyecto de fusión.

Se hace constar el derecho que asiste a todos los socios y acreedores de todas y cada una de las sociedades participantes en esta operación de fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los Balances de fusión; así como el derecho que asiste a los acreedores de todas y cada una de las cinco sociedades a fusionar para oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 44 de la mencionada Ley 3/2009 durante el plazo de un mes desde la fecha de la publicación del último anuncio de fusión.

Lugo, 6 de noviembre de 2013.- Fdo.: Antonio Yáñez García, Administrador único de las cinco sociedades que se fusionan.

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