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Documento BORME-C-2013-13207

TELEVISIÓN DE GALICIA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
RADIOTELEVISIÓN GALICIA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 214, páginas 15287 a 15287 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2013-13207

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el ente público autonómico Compañía de Radio-Televisión de Galicia, en su condición de accionista único de las Sociedades Televisión de Galicia, S.A.U. y Radiotelevisión Galicia, S.A.U., en ejercicio de las competencias de la Junta General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobó, el 5 de noviembre de 2013, la fusión por absorción de la sociedad Radiotelevisión Galicia, S.A.U. (sociedad absorbida) por parte de la sociedad Televisión de Galicia, S.A.U. (sociedad absorbente), con la consiguiente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida (Radiotelevisión Galicia, S.A.U.) y la transmisión en bloque de todo su patrimonio derechos y obligaciones a la sociedad absorbente (Televisión de Galicia, S.A.U.), todo ello conforme al Proyecto Común de Fusión suscrito por los Administradores únicos de ambas sociedades el 28 de junio de 2013, y depositado en el Registro Mercantil de Santiago de Compostela, y sobre los Balances de Fusión cerrados para cada una de las dos sociedades intervinientes el día 31 de diciembre de 2012. La fusión tendrá efectos contables desde el 1 de enero de 2013.

La fusión acordada se efectúa atendiendo a lo dispuesto en el artículo 49.1 por remisión del artículo 52 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, al tratarse de una fusión de sociedades íntegra y directamente participadas por el mismo socio, el ente público autonómico Compañía de Radio-Televisión de Galicia.

Se hace constar, expresamente, el derecho del accionista y de los acreedores de las sociedades intervinientes de obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión; y también se señala que conforme al artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión, los acreedores de las sociedades intervinientes podrán oponerse a la fusión en los términos establecidos en el citado artículo de la referida Ley 3/2009.

Santiago de Compostela, 6 de noviembre de 2013.- Doña Rosa María Vilas Núñez, Administradora única de Televisión de Galicia, S.A.U., doña Rosa María Martínez Rivada, Administradora única de Radiotelevisión Galicia, S.A.U.

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