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Documento BORME-C-2013-13137

EL OLMO CÓRDOBA, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
EL OLMO NEGRO, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 212, páginas 15208 a 15208 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2013-13137

TEXTO

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LSMESM), por remisión del artículo 73 de la citada ley, se hace público que con fecha 22 de octubre de 2013 los socios de la sociedad escindida acordaron, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78bis LSMESM, la escisión y traspaso por sucesión universal de la actividad económica consistente en hostelería, restauración y gestión de todo tipo de establecimientos dedicados a la misma; mediante la constitución de una nueva sociedad beneficiaria de la escisión (El Olmo Negro, S.L.), cuyas participaciones se atribuyen a los socios de la escindida en la misma proporción en la que participan en el capital de ésta. La entidad beneficiaria se subrogará en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio escindido.

El Olmo Córdoba, S.L. no se extingue como consecuencia de la escisión, aunque sí reduce su capital social en la cuantía y forma expresada en el proyecto de escisión, conforme a lo dispuesto en el artículo 70 LSMESM.

A los efectos oportunos se pone de manifiesto que a la presente escisión le resulta de aplicación el régimen simplificado previsto en los artículos 39, 40, 42 y 78bis LSMESM, al concurrir los requisitos exigidos para su aplicación. Asimismo se informa que ninguna de las sociedades intervinientes cuenta actualmente con representantes de los trabajadores, y que la presente fusión no tendrá efectos sobre el empleo.

Finalmente se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de estas mercantiles a obtener el texto íntegro de los acuerdos y el proyecto de escisión, así como el derecho de los acreedores y trabajadores de ambas sociedades de oponerse a la misma en los términos previstos en el artículo 44 LSMESM durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del presente acuerdo.

Córdoba, 23 de octubre de 2013.- El Administrador Único de El Olmo Córdoba, S.L., Miguel González Carreras.

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