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Documento BORME-C-2013-12999

LORENFE, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
LIPETRA, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
SUNET BOULEVARD, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 209, páginas 15045 a 15045 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2013-12999

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que los socios únicos de "Lorenfe, Sociedad Limitada Unipersonal" (sociedad absorbente) y de "Lipetra, Sociedad Limitada Unipersonal" y "Sunet Boulevard, Sociedad Limitada Unipersonal" (sociedades absorbidas) han aprobado por decisiones adoptadas con fecha 28 de junio de 2013, en ejercicio de la competencia de Junta general, la fusión por absorción de las sociedades absorbidas por parte de la sociedad absorbente, sobre la base del proyecto común de fusión de 28 de junio de 2013, y sirviendo de base a la operación los Balances cerrados a 31 de diciembre de 2012. Todo ello con entera transmisión, asunción y subrogación de todos los bienes y derechos de las sociedades absorbidas y, por tanto, incorporando en bloque todos los activos y pasivos de las sociedades absorbidas a la sociedad absorbente, con disolución sin liquidación de las primeras.

Teniendo en cuenta que la sociedad absorbente, es a titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital social de las sociedades absorbidas resulta de aplicación lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley, al haberse adoptado en Junta universal y por decisión del socio único de todas y cada una de ellas.

Se hace constar de conformidad con los artículos 43 y 44 Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión; así como el derecho que corresponde a los acreedores de las tres sociedades cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del presente anuncio de fusión, de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de fusión.

Madrid, 25 de octubre de 2013.- Doña M.ª Pilar del Valle de Cruz, Administradora única de las sociedades fusionadas.

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