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De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace público que por acuerdo de la Junta General y Universal de la compañía "Reverser Inmuebles, S.L.", y por la decisión del socio único de la mercantil "Reverter, S.A.U.", que tuvieron lugar ambas el 8 de octubre de 2013, se aprobó por unanimidad la fusión de dichas sociedades, absorbiendo la primera a la segunda, íntegra y directamente participada por la sociedad absorbente, con disolución sin liquidación de la absorbida y transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos a la sociedad absorbente, que adquiere, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de la absorbida, todo ello en base a los Balances cerrados con fecha 30 de septiembre de 2013 y al Proyecto de Fusión suscrito el 4 de octubre de 2013.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que participan en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión, así como el derecho de oposición de los acreedores, en los términos del artículo 44 de la Ley 3/2009.
Castellón de la Plana, 8 de octubre de 2013.- El Administrador único de Reverser Inmuebles, S.L. y Reverter, S.A.U., don Juan José Reverter Lauterio.
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