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Documento BORME-C-2013-12645

RESIDENCIAL AZAHAR DEL MEDITERRÁNEO, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 199, páginas 14657 a 14658 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2013-12645

TEXTO

En virtud de acuerdo del Consejo de Administración de la mercantil Residencial Azahar del Mediterráneo, S.A., celebrado el pasado 23 de septiembre de 2013 y en cumplimiento de los requisitos legales y estatutarios, convoca la Junta General de Socios de la entidad Residencial Azahar del Mediterráneo, S.A. a celebrar, en primera convocatoria, en el domicilio social de Castellón de la Plana, Calle Sant Joan de Moró, núm. 3, a las 19:00 horas del día 19 de noviembre de 2013, y en segunda convocatoria el 20 de noviembre de 2013 a la misma hora y en el mismo lugar.

Orden del día

Primero.- Aumento de capital por compensación de créditos por importe de 150.500 € (ciento cincuenta mil quinientos euros), mediante la emisión de 1.505 nuevas acciones de 100 euros de valor nominal cada una.

Segundo.- Aumento de capital con cargo a aportaciones monetarias que se realizará por importe de 345.000 € (trescientos cuarenta y cinco mil euros), mediante la emisión de 3.450 nuevas acciones de 100 euros de valor nominal cada una. En virtud de lo establecido en el art. 297 de la Ley de Sociedades de Capital, la Junta delega en los administradores: La facultad de señalar la fecha en que el acuerdo ya adoptado de aumentar el capital social deba llevarse a efecto en la cifra acordada y de fijar las condiciones del mismo en todo lo no previsto en el acuerdo de la junta. El plazo para el ejercicio de esta facultad delegada no podrá exceder de una año, excepto en el caso de conversión de obligaciones en acciones. Por el hecho de la delegación los administradores quedan facultados para dar nueva redacción al artículo de los estatutos sociales relativo al capital social, una vez acordado y ejecutado el aumento.

Tercero.- Ruegos y preguntas.

Cuarto.- Facultar al Órgano de Administración para la ejecución de los acuerdos que se tomen.

Quinto.- Redacción y aprobación del Acta.

Los accionistas podrán solicitar de los administradores, acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la junta. Los administradores estarán obligados a facilitar la información por escrito hasta el día de la celebración de la junta general, tal y como establece el art. 197 LSC. En cuando a la ampliación de capital por compensación de créditos, el art. 301 LSC prevé que al tiempo de la convocatoria de la junta general se pondrá a disposición de los socios en el domicilio social un informe del órgano de administración sobre la naturaleza y características de los créditos a compensar, la identidad de los aportantes, el número de acciones que hayan de crearse o emitirse y la cuantía del aumento, en el que expresamente se hará constar la concordancia de los datos relativos a los créditos con la contabilidad social. Asimismo, y también al tiempo de la convocatoria, se pondrá a disposición de los accionistas en el domicilio social una certificación del auditor de cuentas de la sociedad que, acredite que, una vez verificada la contabilidad social, resultan exactos los datos ofrecidos por los administradores sobre los créditos a compensar. En cumplimiento de este precepto, se pone a disposición de todos los accionistas, tanto el informe del auditor como el informe del órgano de administración, así como pedir la entrega o envío gratuito de dichos documentos. Respecto a la modificación de estatuto, todos los socios tienen el derecho de examinar en el domicilio social el texto íntegro de la modificación propuesta y, el informe de los administradores sobre la misma, así como pedir la entrega o el envío gratuito de dichos documentos.

Castellón, 10 de octubre de 2013.- El Secretario del Consejo de Administración, Francesc Artola Peris.

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