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Documento BORME-C-2013-12085

CRISTALBOX, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CRISTALAUTO RÁPIDO, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 182, páginas 14024 a 14024 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2013-12085

TEXTO

Anuncio de fusión

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que con fecha 28 de junio de 2013, las Juntas Generales Universales de socios de las referidas sociedades aprobaron por unanimidad su fusión mediante la absorción de Cristalauto Rápido, S.L. por parte de Cristalbox, S.L., con la transmisión a título universal del patrimonio íntegro de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente y la disolución sin liquidación de la absorbida. A estos efectos, se pone de manifiesto que a la presente fusión por absorción le resulta de aplicación el régimen previsto en el artículo 42 LME, al concurrir tanto en las sociedades participantes como en el acuerdo adoptado, los requisitos exigidos para su aplicación. En consecuencia, no son de aplicación las normas generales que sobre el Proyecto y el Balance de fusión se establecen en las Secciones segunda y tercera del Capítulo I de la mencionada ley, ni las relativas a la información de la fusión, adopción del acuerdo y publicación de la convocatoria de junta prevista en los requerimientos incluidos en los artículos 39 y 40 LME. En relación con la información que, en todo caso, corresponde realizar a los representantes de los trabajadores, se pone de manifiesto que la presente fusión no tendrá efectos sobre el empleo. De igual forma se pone de manifiesto que la entidad absorbente no tiene representante de los trabajadores. Finalmente se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de una y otra sociedad a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la LME durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de este acuerdo de fusión.

Tudela, 29 de agosto de 2013.- El Administrador de compañía "Cristalbox, S.L." y el Administrador de "Cristalauto Rápido, S.L.".

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