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Documento BORME-C-2013-11574

TOP 30, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE Y SOCIEDAD ESCINDIDA)
FERCOMPOSITES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
ATELIERS CONSTRUCTION ENTRE-PRISES, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 156, páginas 13458 a 13458 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2013-11574

TEXTO

A los efectos previstos en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles y el Reglamento del Registro Mercantil, se hace público que, con fecha de 9 de agosto de 2013, la Junta General Universal de socios de Top 30, S.L., socio único a su vez de Fercomposites, S.L., ha decidido llevar a cabo, después de aprobar un proyecto conjunto de fusión y escisión parcial y los respectivos balances de fusión, la fusión por absorción de Fercomposites, S.L., por parte de su socio único Top 30, S.L., adquiriendo la Sociedad Absorbente el patrimonio, derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, que se disuelve y extingue sin liquidación, así como la escisión parcial simultánea de la rama de negocio de producción en favor de una sociedad de nueva creación que se denominará "Ateliers Construction Entre-Prises, S.L.", manteniendo la Sociedad Escindida la rama de negocio de comercialización, todo ello de acuerdo con el Proyecto elaborado y suscrito por los administradores de las sociedades participantes en la Fusión.

Se hace constar que, de conformidad con el artículo 42 de la Ley 3/2009, ni el Proyecto ni el resto de documentos relativos a la Fusión y Escisión Parcial han sido publicados o depositados en el Registro Mercantil, por haber sido aprobada en junta universal y por unanimidad de todos los socios con derecho de voto de las sociedades participantes, habiendo dado cuenta a los trabajadores de las sociedades sobre la operación, que no afectará al empleo ni a la solvencia.

Los socios de las sociedades participantes en la Fusión han acordado optar por que la misma se acoja al régimen tributario especial contemplado en el Capítulo VIII del Título VII del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2004.

Se hace a su vez constar, de conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la Fusión y Escisión parcial, de obtener gratuitamente texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión, así como el derecho que corresponde a los acreedores sociales de dichas sociedades de oponerse a la fusión y escisión parcial en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, en el plazo de un (1) mes contado desde la publicación de este anuncio.

Avilés, 9 de agosto de 2013.- Don Alberto Marcos Fernández, Secretario Consejero y Administrador Único de las Sociedades participantes.

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