Se hace público que el día 18 de abril de 2013, la Junta General Universal de la Sociedad Lamiña Producciones, S.L. (sociedad absorbente) y de la sociedad Promubi 2008, S.L. (sociedad absorbida), han acordado en ambos casos por unanimidad, aprobar la fusión por absorción de la sociedad Promubi 2008, S.L. (sociedad absorbida) por la sociedad Lamiña Producciones, S.L. lo que implicará la extinción y disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la sociedad absorbente que adquirirá, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de aquella. Se deja constancia que resulta de aplicación a la presente fusión lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión de fecha 31 de diciembre de 2012, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de la entidades objeto de fusión. Los acreedores de todas las sociedades podrán oponerse a la fusión en los términos de los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de la Sociedades Mercantiles, en el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de fusión.
Mungia, 17 de julio de 2013.- Don Iñaki Antón González. Administrador solidario de la sociedad Lamiña Producciones, S.L. y Administrador solidario de la sociedad Promubi 2008, S.L.
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