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Documento BORME-C-2013-10855

PROMOCIONES CARLOS MESEGUER, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ESCINDIDA TOTALMENTE)
INVERSIONES EMBQ, SOCIEDAD LIMITADA
FORTMANN INVERSIONES, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 142, páginas 12649 a 12649 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2013-10855

TEXTO

De conformidad con el artículo 73 y siguientes de la Ley 3/2009, se hace público que las Juntas Generales Universales de "Promociones Carlos Meseguer, Sociedad Limitada", "Inversiones EMBQ, Sociedad Limitada" y "Fortmann Inversiones, Sociedad Limitada", celebradas el 13 de julio de 2013 aprobaron, por unanimidad, la escisión total de la sociedad "Promociones Carlos Meseguer, Sociedad Limitada", siendo las beneficiarias las sociedades "Inversiones EMBQ, Sociedad Limitada" y "Fortmann Inversiones, Sociedad Limitada", conforme a lo dispuesto en el proyecto de escisión total suscrito por el órgano de administración de la sociedad escindida y las sociedades beneficiarias y depositado en el Registro Mercantil de Madrid, y en consecuencia las sociedades beneficiarias se subrogan en todos los derechos y obligaciones de la entidad escindida, inherentes al patrimonio transmitido a cada una de ellas, tomando el día 1 de enero de 2013, como fecha a partir de la cual las operaciones que se realicen por la sociedad escindida se entenderán realizadas, a efectos contables, por cada una de las sociedades beneficiarias respecto a cada uno de los patrimonios escindidos.

La escisión se acordó con la aprobación del balance de escisión de 31 de diciembre de 2012, con la disolución sin liquidación de la sociedad escindida, conforme a lo establecido en el proyecto, y sin conceder ventajas especiales a los miembros de los órganos de administración, quedando subrogadas las sociedades beneficiarias en todas las relaciones jurídicas y económicas de la sociedad escindida, en cuanto al patrimonio aportado en cada sociedad beneficiaria.

De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009 se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y que asimismo a los acreedores de las sociedades participantes en la escisión les asiste el derecho de oposición a la escisión, durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha de publicación del último de los anuncios del acuerdo de escisión.

Madrid, 13 de julio de 2013.- Los Administradores Mancomunados de "Promociones Carlos Meseguer, Sociedad Limitada", don Diego de Vicente Núñez y doña María Luisa Monfort Holtmann, el Administrador Único de "Inversiones EMBQ, Sociedad Limitada", doña Eva Meseguer Bernaldo de Quirós, el Administrador Solidario de "Fortmann Inversiones, Sociedad Limitada", doña María Luisa Monfort Holtmann.

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