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Documento BORME-C-2013-10833

ALQUITE INVERSIONES, SICAV, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ARGOMANIZ INVERSIONES, SICAV, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 142, páginas 12626 a 12626 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2013-10833

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 4 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias de las sociedades Alquite Inversiones, SICAV, S.A., y Argomaniz Inversiones, SICAV, S.A., celebradas con fecha 19 de julio de 2013, aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades, mediante fusión por absorción de Argomaniz Inversiones, SICAV, S.A., por Alquite Inversiones, SICAV, S.A., con disolución sin liquidación y transmisión en bloque del patrimonio de la sociedad Argomaniz Inversiones, SICAV, S.A., adquiriendo Alquite Inversiones, SICAV, S.A., a título universal todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida.

La fusión por absorción se realizará tomando como Balances de fusión los de las correspondientes entidades cerrados a fecha 31 de diciembre de 2012, los cuales han sido debidamente aprobados por las mencionadas Juntas Generales de Accionistas, si bien la situación patrimonial que reflejan los citados Balances de fusión únicamente debe ser interpretada como valor de referencia, puesto que la ecuación de canje aplicable y aprobada por las Juntas generales se obtendrá a través del valor liquidativo de los patrimonios de las dos sociedades, calculado el día anterior al del otorgamiento de la escritura pública de fusión, de acuerdo con la normativa específica vigente en materia de Sociedades de Inversión de Capital Variable.

Las operaciones de la sociedad absorbida realizadas a partir de la fecha de toma del acuerdo de fusión por las Juntas Generales de ambas sociedades y, hasta su definitiva inscripción en los Registros que procedan, se entenderán realizados, a efectos contables, por la sociedad absorbente.

La fusión se ha acordado conforme al proyecto de fusión elaborado por los respectivos Consejos de Administración de las dos sociedades, autorizado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores con fecha 17 de mayo de 2013 y depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 27 de mayo de 2013. La fusión se acuerda con arreglo a los principios de neutralidad fiscal, al acogerse la misma a lo previsto en el Capítulo VIII del Título VII, de la ley del Impuesto sobre Sociedades.

Se hace constar el derecho que asiste a socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio de las entidades participantes en la fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, que podrá ser ejercitado en el término de un mes a contar desde la última publicación del presente anuncio.

Madrid, 22 de julio de 2013.- El Secretario de Alquite Inversiones, SICAV, S.A., don Manuel Pérez García de Vinuesa y el Secretario de Argomaniz Inversiones, SICAV, S.A., doña Laurentina Martín Merino.

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