En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el día 28 de junio 2013, las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las citadas sociedades, aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por CRM SYNERGIES, S.L., de EASTERN TECHNOLOGIES, S.L., con la consiguiente disolución y extinción sin liquidación de la sociedad absorbida y la transmisión en bloque de su patrimonio a favor de la absorbente, que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de la absorbida, con el correspondiente aumento de capital de la sociedad absorbente.
Dado que las sociedades participantes en la fusión son sociedades de Responsabilidad Limitada y adoptan unánimemente el acuerdo de fusión, la operación se estructura como una fusión por absorción mediante acuerdo unánime de fusión previsto en el artículo 42 de Ley 3/2009.
Se hace constar conforme lo establecido en los arts. 43 y 44 de la Ley 3/2009, el derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Villaviciosa de Odón (Madrid), 12 de julio de 2013.- Manuel Alonso López, Administrador único de CRM Synergies, S.L., y Secretario del Consejo de Eastern Technologies, S.L.
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