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Documento BORME-C-2013-10546

CORPORACIÓN DE MEDIOS DE CÁDIZ, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
LA VOZ DE CÁDIZ DIGITAL, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 135, páginas 12307 a 12307 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2013-10546

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la mercantil Comeresa Prensa, S.L.U., Socio Único de "Corporación de Medios de Cádiz, S.L.U." (Sociedad Absorbente), y ésta última como Socio Único de "La Voz de Cádiz Digital, S.L.U." (Sociedad Absorbida), han acordado con fecha 27 de junio de 2013, la fusión por absorción de "Corporación de Medios de Cádiz, S.L.U." como Sociedad Absorbente y "La Voz de Cádiz Digital, S.L.U." como Sociedad Absorbida, con extinción sin liquidación de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente que lo adquirirá por sucesión universal conforme a los términos y condiciones del Proyecto Común de fusión suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes.

En tanto que la sociedad absorbente es titular directa de todas las participaciones en que se divide el capital social de la absorbida, la fusión por absorción se ha efectuado de conformidad con el procedimiento simplificado previsto en el artículo 49 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, en virtud del cual se simplifican las menciones que deben contenerse en el proyecto de fusión, no se necesitan los informes de Administradores y de expertos independientes sobre el proyecto de fusión, ni es necesario el aumento de capital de la sociedad absorbente.

No procede tampoco el depósito previo de los documentos exigidos por la Ley al amparo de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley, al haberse adoptado el acuerdo por los Socios Únicos de las sociedades intervinientes.

En cumplimiento de los artículos 43 y 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades, a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión por absorción adoptado y del balance de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

Cádiz, 28 de junio de 2013.- Don Santiago Ortega Barba y don Fidel Pila Rivero, Administradores Mancomunados de la Sociedad Absorbente y don Antonio González García y don Pedro Rodríguez Vilches, Administradores Mancomunados de la Sociedad Absorbida.

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