Contido non dispoñible en galego
Se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de "Clínica La Luz, S.L." de 26 de junio de 2013 aprobó por unanimidad la escisión total de la sociedad, mediante la división de la totalidad de su patrimonio en dos partes, para su traspaso respectivo en bloque, por sucesión universal, a dos sociedades de nueva creación: "Clínica La Luz, S.L." y "Monte Sereno, S.L.", que se constituirán simultáneamente, previa disolución sin liquidación de la Sociedad objeto de escisión total.
Por concurrir los requisitos de los artículos 42 y 78 bis de la Ley 3/2009, no ha sido necesario depósito previo del proyecto de escisión, ni informe de administradores, ni de expertos independientes, ni aprobar balance de escisión.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad escindida de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, así como el derecho de oponerse a la escisión que corresponde a los acreedores en los términos y con los efectos previstos en la Ley 3/2009, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión total.
Madrid, 2 de julio de 2013.- El Presidente.
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