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Documento BORME-C-2012-6719

INMOBILIARIA CLUB DE CAMPO DE LA SOCIEDAD BILBAÍNA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 65, páginas 7163 a 7164 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2012-6719

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 315 de la Ley de Sociedades de Capital, la Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada el día 27 de marzo de 2012 ha acordado ampliar el capital social de la Compañía en los términos y condiciones que se establecen a continuación:

- Primero.- Importe del aumento de capital social: el aumento de capital social se realizará mediante aportación dineraria por importe nominal de 1.001.282,66 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 1.666 nuevas acciones de la Clase C, de 601,01 euros de valor nominal cada una, numeradas de la 5401 a la 7066, ambas inclusive.

- Segundo.- Desembolso de las nuevas acciones: el desembolso de las nuevas acciones se realizará mediante el ingreso del dinero en metálico en la siguiente cuenta que la sociedad tiene abierta en el Banco Sabadell-Guipuzcoano número 00424279070001015212.

- Tercero.- Derecho de Suscripción Preferente (primera vuelta):

3.1. Los actuales accionistas de la Sociedad tendrán derecho de suscripción preferente de las nuevas acciones, en función de su porcentaje de participación en el Capital Social. El plazo de suscripción será de un mes a contar desde la publicación de la oferta de suscripción de la nueva emisión en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

3.2. Los derechos de suscripción preferente serán transmisibles en las mismas condiciones que las acciones de las que derivan, de conformidad con el artículo 306.2 de la Ley de Sociedades de Capital.

3.3 Finalizado el plazo previsto, los derechos de suscripción preferente que no se hayan ejercido se extinguirán.

- Cuarto.- Suscripción por parte de terceros (segunda vuelta):

4.1. Una vez transcurrido el plazo establecido para la suscripción y desembolso de la ampliación de capital social (primera vuelta: ejercicio del derecho de suscripción preferente), las acciones que no hayan sido suscritas y desembolsadas en dicho plazo, quedarán a disposición del Consejo de Administración, quien podrá ofrecerlas para su suscripción a las personas físicas o jurídicas que estime conveniente. Dicha asignación se efectuará a favor de aquellas personas que hubiesen presentado ante la Sociedad solicitud de suscripción de nuevas acciones a partir de la publicación del aumento de capital en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

4.2. El plazo para la suscripción y desembolso en la segunda vuelta será de 15 días hábiles a contar desde la finalización del plazo para la suscripción y desembolso de la ampliación de capital en la primera vuelta (ejercicio del derecho de suscripción preferente).

4.3. Dado que una de las finalidades de esta ampliación de capital es facilitar acciones a los socios expectantes del Club de Campo, se atenderá preferentemente a éstos y la Sociedad podrá rechazar o aceptar, total o parcialmente, a su discreción, las propuestas de suscripción presentadas por cualquier tercero.

- Quinto.- Previsión de suscripción incompleta: A los efectos de lo previsto en el artículo 311.1 de la Ley de Sociedades de Capital se prevé expresamente la suscripción incompleta, de tal modo que el capital quedará efectivamente ampliado en la parte que resulte suscrita y desembolsada.

- Sexto.- Derechos de las nuevas acciones: Los titulares de las nuevas acciones gozarán de los mismos derechos políticos y económicos que las acciones actualmente en circulación y participarán de los mismos beneficios sociales.

- Séptimo.- Representación de las nuevas acciones: Conforme a lo previsto en el artículo 198.4 del Reglamento del Registro Mercantil, la titularidad de las acciones sociales creadas a consecuencia del aumento de capital se hará constar en el Libro Registro de Acciones Nominativas de la Sociedad.

Mungia, 28 de marzo de 2012.- Mario Alayo Azcarate, Presidente del Consejo de Administración.

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