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Documento BORME-C-2012-5549

INVERSIONES BLANCAMAR, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
NUEVA BLANCAMAR, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 58, páginas 5909 a 5909 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-5549

TEXTO

Anuncio de Escisión

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, ("LME") aplicable por remisión expresa del articulo 73.1 de la LME, se hace público que el día 28 de febrero de 2.012, la totalidad de los socios de Inversiones Blancamar, S.L. acordaron en Junta General Universal y Extraordinaria, escindir la unidad económica consistente en la tenencia de participaciones sociales en las sociedades Capblanc, S.L.U.; Amaltosa, S.L. y Construcciones Altea, S.L., formada por todos los derechos, activos y pasivos, relacionados con dicha rama de actividad titularidad de Inversiones Blancamar, S.L. a favor de la sociedad de nueva creación Nueva Blancamar, S.L., que estará participada por la totalidad de los socios de la Sociedad Escindida, quienes los adquirirán por sucesión universal, recibiendo a cambio dichos socios, en proporción a su porcentaje de participación social en la Sociedad Escindida, la totalidad de las participaciones sociales de la Sociedad Beneficiaria. La Sociedad Escindida ha acordado reducir su capital social en el importe total de 967.175,10 euros, esto es, en 0,05 euros por participación que pasarán a tener un valor nominal de 0,95 euros y de la prima de asunción en el importe de 53.727,90 euros y la Sociedad Beneficiaria se constituirá con la aportación de la unidad económica que recibirá, y quedará subrogada en la titularidad de todos los activos, pasivos, derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a la totalidad de los socios de la Sociedad Escindida, así como a los acreedores de la misma, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el correspondiente balance de escisión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la escisión parcial, en los términos previstos en el artículo 44 de la LME, por remisión expresa de lo dispuesto en el artículo 73.1 de la LME

En Altea (Alicante), 29 de febrero de 2012.- Presidente y Secretario respectivamente del Consejo de Administración, Don José Manuel Pérez Pérez y Doña María Ángeles Zaragoza Pérez.

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