De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de socios de las citadas entidades, celebradas en sus respectivos domicilios fiscales (calle Vistafermosa y Conde Fenosa, 21, de O Barco de Valdeorras, Ourense) el día veintiséis de febrero de 2012, aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por "Rodríguez y Dalila, Sociedad Limitada" de "Galicia 2000, Sociedad Limitada" (sociedad unipersonal) y "Vega de Mariñán, Sociedad Limitada" (sociedad unipersonal), con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y traspaso a título universal de todos los bienes y derechos y obligaciones que componen sus patrimonios y sin ampliación de capital de la absorbente, por ser esta titular del cien por cien del capital de las absorbidas, acogiéndose a los beneficios fiscales que la Ley del Impuesto sobre Sociedades le concede, todo ello según proyecto de fusión suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Ourense el veinticinco de febrero de dos mil doce. Se hace constar el derecho de los socios, obligacionistas, trabajadores y demás personas de dichas sociedades a las que se refiere el artículo 39 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, a obtener texto íntegro del proyecto de fusión, de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión así como el derecho de sus acreedores a oponerse a la fusión suscrita por los órganos de administración en los plazos establecidos por el artículo 44 de la referida Ley durante el plazo de un mes a contar del último anuncio de fusión.
O Barco de Valdeorras, 10 de marzo de 2012.- Gerardo Rodríguez Encinas, Administrador.
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