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Documento BORME-C-2012-5070

FLORENCIO SÁNCHEZ E HIJOS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FLORENCIO SÁNCHEZ, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 55, páginas 5375 a 5375 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-5070

TEXTO

Anuncio de Fusión por Absorción

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que las Juntas Generales de socios de Florencio Sánchez e Hijos, S.L. y Florencio Sánchez, S.L., en sus respectivas sesiones celebradas con carácter de universal el día 29 de febrero de 2012, adoptaron por unanimidad el acuerdo de fusión de las dos entidades mercantiles mediante la absorción por Florencio Sánchez e Hijos, S.L., de Florencio Sánchez, S.L con extinción por disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de todo su patrimonio social a favor de la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal todos sus bienes, derechos y obligaciones de las absorbidas. La fusión se realiza tomando como Balances de Fusión los correspondientes de ambas sociedades, cerrados a 31 de diciembre de 2011, teniendo efectos contables desde el 1 de dnero de 2012, de acuerdo con el Proyecto de Fusión de fecha 15 de febrero de 2012 elaborado conjuntamente por los Consejos de Administración de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Salamanca con fecha 28 de febrero de 2012 y calificado con fecha 2 de marzo de 2012.

La fusión se acuerda con arreglo a los principios de neutralidad fiscal, al acogerse la misma a lo previsto en el Capítulo VIII del Título VII de la Ley del Impuesto de Sociedades.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a todos los socios y acreedores de cada una de las sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades, en los términos previstos en la citada Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, en el plazo de un mes a contar desde el último anuncio del presente acuerdo de fusión.

Guijuelo, 7 de marzo de 2012.- Los Administradores Solidarios de Florencio Sánchez e Hijos, S.L., doña María Flores Hernández Palacios, doña Eva Sánchez Hernández, don Florencio Sánchez Hernández y don Javier Sánchez Hernández. Los Administradores Solidarios de Florencio Sánchez, S.L., doña María Flores Hernández Palacios, doña Eva Sánchez Hernández, don Florencio Sánchez Hernández y don Javier Sánchez Hernández.

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